¿En serio crees que eres libre de divorciarte de tu agresor?


 A propósito de los pronunciamientos en torno al amparo directo en revisión 2798/2025, es conveniente recordar que cuando los jueces en juzgados familiares, cuando coaccionan y obligan la revinculación de niñas, niños y adolescentes con el mismo agresor de su madre, no solo someten a la mujer, tampoco están garantizando el derecho a una vida libre de violencias: están reproduciendo y perpetuando las mismas dinámicas y condiciones que hicieron posible que ese agresor, como adulto, normalizara la violencia desde su infancia y adolescencia.

Todo maltratador aprendió en algún momento de su vida que el abuso o la violencia no tiene consecuencias reales. Que se puede ejercer control, humillar, agredir, y aun así conservar el afecto, la autoridad y el lugar en la familia. Cuando un juzgado ordena la convivencia forzada sin evaluar riesgos, sin escuchar a la infancia, sin nombrar la violencia que ya existió, está repitiendo exactamente esa enseñanza: que se puede dañar a una mujer y aun así, tener derecho y acceso sobre sus hijas e hijos, como si ambas situaciones no tuvieran relación alguna.

Ahí están tres aspectos relevantes a considerar: los sesgos judiciales, las injusticias y un sistema de justicia que en lugar de romper el ciclo, termina reproduciendo y sosteniéndo en el tiempo, las mismas condiciones y pasa a convertir los derechos de niñas, niños y adolescentes en el puente obligado hacia un agresor del cual las madres han intentado protegerlos, para enseñarles, a través de sentencias, que la violencia contra las mujeres no rompe vínculos, no cancela derechos, no del padre, sino del agresor y que su Violencia no tiene costo ni repercusiones en la vida de niñas, niños, adolescentes.

Es como si las mujeres que se divorciaron del agresor continúan casadas pero ahora con el sistema judicial, a través de procesos que involucran a los hijos NNyA en común.

No, las mujeres no somos libres de divorciarnos, mucho menos de ejercer el derecho a proteger que los derechos de los hijos, niñas niños y adolescentes no queden en indefensión o se cumplan.

La misma lección que el agresor recibió de niño, de adolescente, de un grupo con mayor influencia a lo largo de su vida ahora es transmitida institucionalmente, a través de juzgados familiares, hacia las nuevas generaciones.

Esto no es igualdad ni representa la perspectiva de género e Infancias, además, no hay protocolos para juzgar la violencia vicaria, lo que deja en entredicho es que el acceso a la justicia con perspectiva de género y de derechos de la infancia no existe o no consiste únicamente en resolver asuntos familiares, sino en reconocer, prevenir y detener las estrategias de violencia que el agresor continúa ejerciendo al instrumentalizar a niñas, niños y adolescentes para dañar a la madre. Solo así el divorcio puede convertirse en una verdadera oportunidad para reconstruir una vida libre de violencia para toda la familia.

Sin embargo, los hechos describen la realidad de muchas mujeres e Infancias cuando están enfrentados a un sistema judicial, por años, cobra sentido lo que menciona Rita Segato: ahi donde la violencia se administra y se legitima entre un sistema, las mujeres, sus hijas e hijos, NNyA, tienen que cargar con el costo de los sesgos judiciales, las injusticias y la vida judicializada.



Como para reflexionar que de esto no escapa una esposa tradicional - tradwife, ni del borrado de las mujeres que no empieza con arrebatarnos derechos que ya hemos tomado, el borrado empieza cuando otras mujeres proponen el borrado del cual son objeto los derechos de las niñas y adolescentes, desde la infancia, para llegar a la juventud y edad adulta sin nada porque luchar si fueron otras mujeres las que les quitaron el derecho a decidir y a aspirar una vida mejor.


Carolina Hernández León - 
Co-fundadora de Voces de la Violencia Vicaria - Acompamiento Resiliente a Mujeres NNyA en situación de riesgo y vulnerabilidad. Defensa y Activismo Pro Derechos de la infancia.

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